Mientras la comisión redactora va culminando el trabajo, mientras se va puliendo el texto y se aplica microcirugía sobre lo que iba quedando grueso, la «Constitución del 25» va tomando forma definitiva, con muchos cambios sustanciales, más allá de la posibilidad de reelección del gobernador. Todavía faltan consensos, pero se va perfilando un «corpus» impuesto por el oficialismo unido.
No hay reforma constitucional que no esté atada a su tiempo y a sus circunstancias. La historia constitucional argentina lo cuenta con detalles. Y no hace falta ser investigador para entender que eso mismo ocurre, siempre, en el marco de un tiempo marcado por mayorias y minorías circunstanciales.
La bienponderada Reforma del 62, sin ir mucho más lejos, fue votada sólo por los representantes de la primera minoría. Lo que no impidió que sorteara todos los intentos de reforma hasta hoy, ni que fuera valorada con el tiempo.
Quiero decir, sin muchas vueltas: calificar como buena o mala a la reforma, es anticiparse demasiado. Será el tiempo, como con el vino, el que vaya dilucidando su calidad. Hoy, todas las afirmaciones- las respetables y las que no- están atadas a las mismas circunstancias invertidas del oficialismo: Se hace lo que se puede, en los tiempos fijados, y con los acuerdos posibles. Lo decidió «la gente» hace apenas tres meses. Y no hay nada, absolutamente nada, que sugiera que esa voluntad colectiva haya cambiado ni un ápice.
La ley de necesidad de esta reforma fue sancionada por más de los dos tercios de los integrantes de la legislatura. Los cambios aprobados hasta ahora, con excepción del articulo que regulará los alcances del indulto del gobernador, fueron votados por más del 66 por ciento de la Asamblea.
O sea, discutir la legitimidad, es un disparate. Y menos, mucho menos, la legalidad. Aunque haya fiscales dispuestos a seguirle el juego a los libertarios, que no sólo se oponen a todo lo que se planteó, sino que insistieron, sin ningún respaldo, con reformar lo que no está siendo discutido. Circo, en medio de asuntos tan serios.
La «oposición» terminó amontonando a figuras presuntamente distintas, como Juan Monteverde, Amalia Granata y los libertarios encabezados por Nicolás Mayoraz. Un «acuerdo» sin firmar ni anunciar, pero que se repitió en casi todas las votaciones que se hicieron la semana pasada, y que promete repetirse hasta el cierre de las deliberaciones

La reforma del 2025 es la reforma que abre las puertas para nuevas reformas futuras, en las que ya no estará el peso obstructivo del tema electoral y la reelección del gobernador.
La reforma que se sancionará es, claro, la que promueve el ejecutivo. Pero que debió ser acordada con algunos socios primero y con opositores, luego. Y es, la reforma es lo que se puede hoy, que no es poco. Menos en un contexto tan adverso para la política y las instituciones democráticas.
LOS CAMBIOS APROBADOS Y LOS ACORDADOS

¿ Cambia mucho la Carta Magna? Si. Se harán ( casi) todos los cambios que una constitución moderna exige.
Lo obvio, lo insoportablemente obvio, es la posibilidad de reelección del gobernador, por una vez, y con habilitación para presentarse nuevamente tras un periodo «de descanso». Al final, siempre lo decidirá la gente, más allá de las pretensiones futuristas de algunos opositores. Tema terminado, por fin.
Las Cámaras seguirán siendo dos. Lo que NUNCA estuvo en discusión pero sirvió para el show arroba mencionado . Tanto los senadores, como los diputados, y todos los cargos electivos provinciales y municipales, tendrán una sola reelección, con descanso de un mandato. Y ninguno de ellos, podrá ampararse en los fueros, si la justicia toca a su puerta, en caso de imputaciones, procesamientos y eventuales detenciones.
Los diputados se elegirán de manera proporcional, y pone fin a una distribución que fue pensada para favorecer la gobernabilidad a los mandatarios de turno, pero que con la llegada de la boleta única se terminó convirtiendo en una herramienta peligrosa para la gobernabilidad. De eso pueden dar fe Antonio Bonfatti y Omar Perotti, que sufrieron las minorías en ambas cámaras.
En el sistema judicial,(todavía no aprobados por el plenario y sujeto a algunas negociaciones)habrá cambios profundos.
La Corte Suprema será de siete miembros con inamovilidad y cese a los 75 años, sin posibilidad de prórroga. Es decir, para dejarlo claro, si los tres miembros de la actual corte que superan esa edad, si juran esta constitución, deberán renunciar inmediatamente. Lo que supondrá, en menos de un año, la renovación casi total de la vieja corte, en la que sólo sobrevivirá sólo Daniel Erbetta.
El Ministerio Público será independiente y autárquico, dividido en MPA (persecución penal y tutela de víctimas) y Defensa (acceso a justicia y asistencia integral). Ambos independientes entre sí, dirigidos por un fiscal general y un defensor general. Estos funcionarios tendrán 5 años de mandato- que no coincidirá con los de los gobernadores- , repetible por una vez. Fiscales y defensores gozan de inamovilidad y cese a los 75 años, igual que los jueces.
Lo más controvertido, sin duda alguna, serán los cambios en el sistema de designación de jueces, fiscales y defensores, que seguirá siendo facultad del Ejecutivo con acuerdo legislativo, pero se le agrega un paso previo: concursos “transparentes, públicos y con participación ciudadana”. Para eso, se crea el Consejo Asesor de Selección de la Magistratura y del Ministerio Público, un órgano técnico que funcionará en el ámbito del Ejecutivo. Los concursos se harán aunque no hubiera vacantes, para tener una lista de reserva inmediata. El gobernador escogerá de esas lista, con su propio criterio, el nombre para enviar el pliego a la Asamblea Legislativa. Lo que ha dado lugar a argumentaciones que llegaron al paroxismo de calificar lo regulado como «una eliminación de la división de poderes».
Para el juzgamiento de magistrados, fiscales y defensores se crearán tribunales ad hoc integrados por un magistrado o miembro del Ministerio Público, dos senadores, dos diputados y dos abogados. Con un número de 4-3 a favor del poder político, con un proceso acusatorio, oral y público.
A lo marcado, se le agregan cambios en distintos artículos, entre los que se subraya la decisión de considerar «intransferible» al sistema previsional público de Santa Fe. La definición del término suscitó debates calientes en el seno del bloque oficialista, saldado en el marco de una negociación entre Radicales y Socialistas, que resignaron posiciones.
También habrá cambios en el sistema municipal: Todas las comunas pasarán a ser municipios, con posibilidad de Autonomía real. Incluyendo el derecho a la sanción de sus Cartas orgánicas. En el caso de las ciudades con más de 10.000 habitantes podrán hacerlo a través de Convenciónes Municipal elegida por el voto popular.
Las Áreas metropolitanas serán institucionalizadas para cooperación interjurisdiccional, aunque se descarta la regionalización. Y se les impone a los cargos municipales, los mismos limites de mandatos que al gobernador y los legisladores.
Y habrá una serie de nuevos derechos que impactarán sobre las posibilidades de convocar a cuatro clases de consultas con la población: Iniciativa popular, referendums, Consulta popular y revocatorias de mandatos. Este último asunto requiere, con cierta razonabilidad, de mayorias especiales y un número de firmas muy elevado.
Se acordó, la separación Iglesia–Estado, y la provincia no tendrá religión oficial; y deberá mantener neutralidad, igualdad y no discriminación entre todos los cultos reconocidos.
Se establecen garantias reforzadas para la Libertad de expresión y de prensa .
Y se agregan definiciones en torno a:
Acciones constitucionales (amparo, hábeas data, hábeas corpus) con alcance colectivo y procesos expeditos; derechos de las víctimas (trato digno, acceso a la justicia y participación, con debida diligencia reforzada)
Digitales y datos: conectividad universal y asequible; privacidad/autonomía mental; ciberseguridad y espacio digital libre de violencia; transparencia y explicabilidad algorítmica con control humano y evaluación de impacto ante sesgos.
Ambiente y clima: prevención/precaución; acceso a información, participación y justicia ambiental; mitigación y adaptación.
Agua como bien colectivo: acceso y saneamiento; gestión por cuencas e información pública.
Consumidores y usuarios: tutela efectiva, acciones colectivas, foco en hipervulnerables.
Cultura y patrimonio: derecho a participar de la vida cultural; memoria y archivos.
Trabajo y seguridad social: trabajo decente (incluida desconexión digital), libertad y tutela sindical; régimen previsional público–solidario con recursos intangibles.
Medidas de acción positiva para grupos vulnerables y desfavorecidos.





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