El gobierno provincial insiste con la idea. Ni siquiera las protocolares y separadas reuniones con los miembros de la principal oposición, les hizo cambiar de posición: ni los proyectos de la vieja emergencia fueron separados a la legislatura, ni desaparecieron los articulados con superpoderes para el gobernador, ni se termina de explicar por qué piden el monto que piden para gastos corrientes. La ley, va camino a chocar contra la misma pared que el 30 de diciembre.

«Están quemando a Borgonovo y a Micling. Después de esto, va a ser dificil que aceptemos otra reunión. Ellos se comprometieron a modificar algunas cosas que ni siquiera se tomaron el trabajo de volver a redactar». Así, sin demasiadas vueltas, uno de los principales referentes del Bloque de Diputados del Frente Progresista, definió el humor de la mayoría de la oposición, frente al proyecto de «Necesidad» que Omar Perotti envió el jueves a la legislatura.

Con un agregado: otra vez por la vía del senado, buscando la falla de diputados y previendo el conocido «veto propositivo» que alguna vez generó el propio Frente Progresista, y que le da facilidades al ejecutivo para hacer cambios que la legislatura sólo podría modificar o rechazar con los dos tercios de los integrantes de cada cámara. La trampa es demasiado obvia, y al FPCYS- en Diputados- no le dejan muchos más caminos que repetir la postura de diciembre. Eso, si no hay cambios del texto, generados desde el oficialismo.

El viejo proyecto cambió de nombre pero no de espíritu: En los artículos 3, 15, 21, 23,34,34, 38, 40 y 41, Perotti insiste con las atribuciones excepcionales, a las que sólo les cambió el plazo de duración, y mediante la cuales pretende asumir decisiones que debieran ser sancionadas por ley, o cumpliendo con las normativas vigentes de control del resto de los poderes. Lo mismo ocurre con la «reforma de seguridad» o la modificación de la composición salarial, que recupera la figura de la «suma no remunerativa»

Además, incumpliendo con el acuerdo de «Armisticio», que se prometió en las mesas, durante la semana los ministros siguieron fogoneando la idea de la «tierra arrasada», se continuó con la mecánica extorsiva frente a intendentes y presidentes comunales a los que se les advierte sin pudor alguno «Que la ayuda depende de que convenzas a tus diputados», y si algo le faltaba al postre, el ejecutivo sigue reteniendo el dinero que le corresponde a la legislatura. Más allá de los legisladores y sus dietas, el gobernador les retiene los recursos para funcionamiento. Un hecho que de prolongarse , podría terminar en un escándalo institucional sin antecedentes en la provincia, ya que constituye una violación flagrante a la Constitución provincial, y a la división de poderes.

Ayer viernes, y con el proyecto ya en la legislatura, la Ministra de Obras Públicas, Silvina Frana fue consultada sobre este nuevo intento. Un periodista le preguntó si el nuevo proyecto implicaba algún «mea culpa» por los modos en que intentaron sacar las leyes en diciembre. Y ella respondió : «El único mea culpa que hay que esperar es el del socialismo por la deuda que nos dejó»

Frana expresa el ánimo del oficialismo. Procura una salida casi exclusiva de su paralizado gobierno a expensas de una norma que depende de los legisladores socialistas y radicales. Y no tiene mejor idea que seguir pateandoles la espalda. Así será dificil.

La nueva gestión provincial no acusa recibo ni toma nota de los créditos que tiene la provincia. No hace referencia a las acreencias, ni las tiene en cuenta. Sólo demanda recursos nuevos, que ya incorporó con aumentos sustanciales en los impuestos, y que mantiene pisados, sin explicar cuanto tiene en caja. Parecen sólo necesitados de plata fresca, y de mecanismos libres para obtenerla.

LOS ARTICULOS QUE INSISTEN CON LOS SUPERPODERES

ARTÍCULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a firmar convenios de cooperación con personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, con el Estado nacional y con organismos internacionales para el cumplimiento de los fines de la presente ley.

Perotti aquí pretende libertad plena para establecer vínculos jurídicos abiertos, sin control del resto de los poderes. ¿ Cual es el límite que explica el artículo? Ninguno. Bien podría hacer un acuerdo con UNICEF, como con GRUPOS DE MEDICINA PRIVADA DE RAFAELA ó MERCADO LIBRE. Sólo por citar ejemplos, claro.

En las disposiciones comunes, reitera un pedido poco claro: autoriza a los Ministerios de Salud y Desarrollo Social a efectuar:

ARTÍCULO 15.- Las contrataciones necesarias para adquirir bienes para atender la situación de necesidad pública en materia social, alimentaria y sanitaria se consideran comprendidas en el Artículo 116, inciso c) apartado 2 de la Ley Nº 12510; debiendo darse estricto cumplimiento a las disposiciones pertinentes del Decreto Nº 1104/16. 

¿ Cuales son las normas que le impiden a Perotti hacer estas contrataciones hoy? Ninguna. Lo que vuelve más sospechoso aún el pedido: la sombra de las relaciones con algunas empresas de medicina privada que aportaron recursos para su campaña encuentran en el articulado una puerta directa de ingreso a la «actividad pública». Una suposición, claro.

Pero quizás la parte más jugosa del proyecto se encuentre en el capitulo siguiente del proyecto, que es donde se juegan las fichas más importantes: contrataciones de obra pública

Renegociación de contratos públicos

ARTÍCULO
16.- Facúltase al Poder Ejecutivo, en virtud de la declaración
del artículo 1°, a renegociar contrataciones comprendidas en razón de su objeto en las Leyes Nros. 12510 y 5188, siempre que ello implique una mejora respecto de la situación existente al momento de la entrada en vigencia de la presente ley. Dicha renegociación deberá ser precedida de un acuerdo de partes que se sostenga en el principio del esfuerzo compartido.

Ahí, el gobernador se reserva el derecho a decidir qué es una mejora, y establece un punto de partida para el caso de que «no se llegue a un acuerdo con esfuerzo compartido» y entonces agrega:

ARTÍCULO 17.- En caso de no lograrse la renegociación a la que hace referencia el artículo anterior, y por la misma razón, facúltase al Poder Ejecutivo a reprogramar plazos y resolver contratos de suministro, obra, locación de servicios y consultoría; y en general todos los incluidos por razón de su objeto en las Leyes Nros. 12510 y 5188.

Luego, en la Sección Quinta, y en el marco de las DISPOSICIONES FINANCIERAS, el gobierno solicita facultades para:

"Disponer, durante el ejercicio presupuestario, la incorporación al Tesoro Provincial de los recursos afectados por leyes de orden provincial cuando éstos resultaren excedentes en relación al gasto ejecutado. Los saldos no invertidos en ejercicios anteriores, provenientes de tales recursos, podrán ser serán desafectados por el Poder Ejecutivo e incorporados al Tesoro Provincial, con excepción de los correspondientes a Cuentas Especiales de la finalidad Seguridad"

Si no se interpreta mal, el Ejecutivo procura «hacer caja» con supuestos excedentes del gasto- una rara situación, en el contexto de una supuesta falta de recursos, como se plantea- y desafectar esos recursos a los gastos del ejecutivo. Pregunta: ¿ A quién le desafectarán recursos? Sólo lo piensa el redactor de la norma, sin dar precisión alguna en el articulado posterior.

Pero a partir del Artículo 24, comienza el pedido de deuda. Con montos que no se terminan de entender, ni siquiera en el marco de la «deuda» que dicen haber recibido.

ARTÍCULO 24.- Autorízase al Poder Ejecutivo a concertar operaciones de crédito público por la suma de PESOS DOCE MIL MILLONES ($ 12.000.000.000), con los alcances establecidos en el Artículo Nº 60 inciso b) de la Ley N° 12510, y con el objeto de atender renegociaciones de contratos públicos, o la cancelación de deuda flotante, o consolidada en los términos del artículo 54 de la Ley Nº 13938; comprendiendo la correspondiente a la Administración Central, Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social, Empresas y Sociedades del Estado provincial, o en las que el mismo tenga participación. La autorización será extensiva a la Empresa Provincial de la Energía (EPE) y a Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA), con idéntico fin.

Si se lee detenidamente se entiende: el Ejecutivo pretende contraer deudas para «renegociar» los contratos que estará autorizado a «resolver» según vimos en los textos citados. O sea: ¿ Perotti quiere plata para rescindir los contratos con las empresas locales que actualmente llevan adelante obras públicas? ¿ Y en ese caso? ¿ Pretende volver a licitar? ¿ A quienes ? ¿ Bajo qué condiciones? La ley le otorgaría, según se lee, las mismas atribuciones a la EPE y Aguas Santafesinas.

No conforme con los 12 mil millones, dos artículos después se plantea otra autorización de endeudamiento:

ARTÍCULO 26.- Autorízase al Poder Ejecutivo  a concertar operaciones de crédito público hasta la suma de PESOS QUINCE MIL MILLONES ($ 15.000.000.000.-), con el objeto de recomponer las existencias del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales a la Vista (FUCO), a tasas razonables de mercado y en hasta 60 meses de plazo para la devolución.

La suma : 27 mil millones de pesos. Y en este segundo caso, se pide un monto para el «funcionamiento» del Estado. Un pedido que el gobierno tendrá que explicar al detalle, si cumple con el pedido que en la última sesión hicieran desde la oposición, para que se sepa a ciencia cierta cuales son los números que fundamentan este «extraordinario» pedido.

Finalmente, y omitiendo todo el articulado relacionado a los Municipios y Comunas, a los que se les pretende «prestar» dinero, el gobierno insiste con el incumplimiento de una promesa: mete en la ley de Necesidad, el proyecto de recursos y decisiones extraordinarias para Seguridad. Una verdadera trampa pública: el rechazo del proyecto implicaría también rechazar el proyecto sobre seguridad, y de esa manera les habilitaria el reclamo público de «No quieren colaborar con la seguridad pública». Seguramente sin explicar que para hacerlo, antes hay que habilitarle atribuciones especiales al gobernador, y un abultado monto de deuda pública.

En la ley, y sólo en el marco de la Seguridad, Perotti y Saín, pretenden :

ARTÍCULO 33.- Facúltase al Ministerio de Seguridad a disponer la
convocatoria al servicio activo del personal de la Policía de la Provincia en situación de retiro del Escalafón General, Subescalafón Seguridad, a los
efectos de cumplir funciones de seguridad pública. En ningún caso puede reintegrarse al servicio personal de la Policía de la Provincia que se encuentre con auto de procesamiento en causas vinculadas a
delitos de lesa humanidad o condenados en causa penal, aún cuando hubiese
cumplido la totalidad de la pena.

En limpio: Saín busca reclutar a los policías retirados. Con dos condiciones solamente: No haber sido procesados en causas de lesa humanidad, o no tener condenas penales, aún cumplidas. La normativa deja un agujero bastante grande y peligroso: ¿ que se hace con aquellos policías que hayan sido exonerados de la fuerza por la vía administrativa? ¿ Que con aquellos que aún no habiendo sido procesados, fueron dados de baja por mal cumplimiento de las funciones? La norma no dice nada. Y lo que no está prohibido… Pero no se queda allí:

ARTÍCULO 34.-  El Ministerio de Seguridad podrá poner en
disponibilidad al personal policial que:
a) no hubiera sido reubicado o reasignado en el proceso de
reorganización de la dependencia o área en la que presta servicio; b) acredite como mínimo veinte (20) años de servicios policiales; c) reviste en alguno de los grados comprendidos entre las jerarquías de Comisario hasta Director General de Policía, ambas inclusive.

El Ministro se atribuye el derecho de «despedir» sin causa alguna a cualquier oficial de la Policía de la provincia, que tenga más de 20 años de servicios, que actualmente no tenga ubicación o reasignación de tareas ( decisión que también le resulta de exclusiva competencia). Eso lo determina el art.34, pero lo confirma el 35: si pasan sólo 30 días en esa situación, pueden ser arbitrariamente pasados a retiro.

ARTÍCULO 35.- El personal policial puesto en disponibilidad como consecuencia del ejercicio de la facultad conferida por el artículo anterior, puede ser pasado a situación de retiro obligatorio por el Ministerio de Seguridad, transcurridos los treinta días (30) de dictada la disponibilidad. 

Los articulados resultan llamativamente contradictorios: se pueden reincorporar a aquellos que, pudieron haber tenido comportamientos irregulares y fueron pasados a retiro, pero también, «limpiar» de la fuerza a aquellos que pueden tener un legajo «limpio». En todos los casos, se trata de superpoderes para Saín, que en lugar de enviar un proyecto de reforma a la institución policial, prefiere el camino corto de las decisiones arbitrarias y exclusivas para él.

VUELVEN LAS CIFRAS NO REMUNERATIVAS

En los articulos finales del proyecto, el gobierno despliega un conjunto de normas complementarias: en las mismas «ata» la promesa del Boleto gratuito a la sanción de la ley, y condiciona los congelamientos de las tarifas, a la disponibilidad de los recursos que obtenga de los prestamos para los que pide autorización.

Pero el dato más llamativo, y que también es mencionado en el articulado de Seguridad es el «regreso de las sumas no remunerativas». Esos aumentos en negro, que fueron desterrados de los recibos de sueldo de los empleados públicos, y que supieron ser una «bandera» de los gremios estatales.

La mención no es sutil ni tácita:

ARTÍCULO 42.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar, durante la vigencia de la declaración dispuesta por el artículo 1° de la presente, asignaciones no remunerativas a determinados sectores de agentes estatales cuyos cargos o funciones se consideren críticos.Idéntica facultad tendrán los Municipios y Comunas, respecto del personal de su dependencia.

El gobierno de Perotti no sólo elimina la cláusula gatillo, sino que pretende que las próximas erogaciones para los salarios de los empleados públicos- que todavía deben darse en discusión paritaria- sean en negro, sin aportes a la seguridad social. Un detalle que aparece casi «perdido» en la redacción de la ley, y que todavía no encontró- como tantas otras decisiones del gobierno- ninguna reacción de la dirigencia gremial estatal.

2 comentarios en ««Necesidad»: Dinero, superpoderes y sumas en negro»

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